La Audiencia Nacional falla a favor de la EAF-FVA frente a la RFEdA

 
     

 

 

La representación procesal de la Federación Vasca de Automovilismo interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Presidente del Consejo Superior de Deportes que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra la expedición de licencias estatales por parte de la Real Federación Española de Automovilismo.

El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 10 dictó auto con fecha 1 de abril de 2014 por el que estimando la alegación previa de falta de legitimación, formulada tanto por el Abogado el Estado como por la Real Federación Española de Automovilismo, inadmitió el recurso.

La Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha decidido ESTIMAR el recurso de apelación, interpuesto por la representación procesal de la FEDERACIÓN VASCA DE AUTOMOVILISMO, contra el auto de fecha 1 de abril de 2014, dictado por el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 10 (PO. 24/2013), que anula por su disconformidad a Derecho ordenando a dicho Juzgado continúe con el procedimiento judicial, admitiendo a trámite la demanda.

Con ello confirma que la Federación Vasca de Automovilismo no está sometida a las decisiones de la Rueda ni al CSD y por lo tanto pueden ser recurridas por las federaciones autonómicas todas las resoluciones y actos de las federaciones españolas.

La RFEdA solicitaba que no se permitiera a ninguna federación autonómica recurrir decisiones por estar sometida jerárquicamente. Con este fallo la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional establece que las federaciones autonómicas no están sometidas a las federaciones españolas y tienen sus propias competencias.

Sentencia completa

 

 

 

PRENSA EAF-FVA